Tu planta lleva años funcionando con la misma instalación de gas y nadie ha preguntado cuándo fue la última inspección. Hasta que llega una auditoría interna, una OCA programa la visita o, peor, ocurre un incidente y el perito pregunta por el certificado. La inspección periódica reglamentaria de la instalación individual de gas es una obligación legal que muchas empresas industriales tienen en el radar pero pocas gestionan con los plazos realmente controlados.
El problema no es que el plazo sea difícil de cumplir. El problema es que se acumula junto con las otras diez instalaciones que también tienen sus propios vencimientos: baja tensión, PCI, equipos a presión, RITE, ascensores… Si no hay un sistema que centralice las fechas, la instalación de gas se queda atrás y lo descubres cuando ya es tarde.
En este artículo te explicamos qué tipos de instalaciones de gas existen en entornos industriales, qué periodicidades marca el RD 919/2006 y sus instrucciones técnicas complementarias, quién puede hacer la inspección, qué pasa si se detectan anomalías y cómo integrar todo en un sistema que no dependa de la memoria de nadie.
Qué tipos de instalaciones de gas existen en entornos industriales
El Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (RD 919/2006) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-ICG 01 a 11 regulan todas las instalaciones que almacenan, distribuyen o utilizan combustibles gaseosos. En un entorno industrial, las más habituales son:
- Instalaciones receptoras alimentadas desde red de distribución (ITC-ICG 07). Es la más común: la acometida de gas natural canalizado que alimenta calderas, hornos industriales, secaderos, cocinas de comedores de planta, etc. Dentro de esta categoría se distingue entre instalaciones de hasta 70 kW y superiores a 70 kW de potencia instalada, porque el alcance de la inspección cambia.
- Instalaciones receptoras no alimentadas desde red (ITC-ICG 07). Plantas que consumen GLP a granel desde depósitos fijos propios. Frecuente en zonas industriales sin acceso a red de gas natural.
- Depósitos fijos de GLP (ITC-ICG 03). El propio depósito de almacenamiento de gases licuados del petróleo, que tiene sus propias obligaciones de inspección y prueba de presión independientes de la instalación receptora.
- Plantas satélite de GNL (ITC-ICG 04). Instalaciones de regasificación de gas natural licuado para plantas que necesitan suministro autónomo a gran escala. Requieren inspección periódica y prueba de presión en plazos diferenciados.
- Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP (ITC-ICG 02). Si tu planta actúa como punto de distribución de bombonas o envases de GLP, esta ITC te aplica con periodicidades más cortas.
- Estaciones de servicio para vehículos a gas (ITC-ICG 05). Cada vez más frecuentes en flotas industriales que operan con GLP, GNC o hidrógeno.
Lo habitual en una planta industrial media es tener, al menos, una instalación receptora de gas natural canalizado para generación de calor (calderas, hornos) y, en muchos casos, un depósito fijo de GLP como respaldo o como suministro principal en polígonos sin red. Cada una de estas instalaciones tiene su propia periodicidad de inspección, su propia documentación y, en muchos casos, su propio organismo inspector. Gestionarlas por separado es lo que genera los olvidos.
Qué establece el RD 919/2006 sobre las inspecciones periódicas de gas
El RD 919/2006 diferencia claramente entre dos tipos de control periódico según el origen del suministro, y la terminología importa porque define quién puede hacerlo:
- Inspección periódica: cuando la instalación está alimentada desde una red de distribución por canalización (gas natural, GLP canalizado), o cuando el control lo realiza obligatoriamente un Organismo de Control Autorizado (OCA).
- Revisión periódica: en cualquier otro caso, típicamente instalaciones alimentadas directamente desde depósitos fijos de GLP o envases.
En ambos casos, la obligación recae en el titular de la instalación (o, en su defecto, en el usuario). Es decir, tu empresa es la responsable de que el control periódico se realice dentro del plazo, con independencia de que la distribuidora te avise o no. La distribuidora tiene obligación de avisar con tres meses de antelación en instalaciones canalizadas, pero si no lo hace, la responsabilidad legal sigue siendo del titular.
Para las instalaciones receptoras, la ITC-ICG 07 establece que la inspección o revisión comprende, como mínimo, la comprobación de estanqueidad de la instalación, la verificación del buen estado de conservación, la comprobación de la combustión higiénica de los aparatos (en instalaciones de hasta 70 kW) y la verificación de los sistemas de detección de gas sustitutivos de la ventilación rápida.
En instalaciones industriales que superan los 70 kW de potencia instalada, el alcance de la inspección va desde la llave de usuario hasta la llave de conexión de los aparatos, excluyendo los aparatos. La revisión de los aparatos de mayor potencia queda sujeta a las instrucciones del fabricante y, en muchos casos, a la normativa del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios).
Cada cuánto hay que pasar la inspección según el tipo de instalación
Esta es la tabla que necesitas tener a mano. Las periodicidades varían según la ITC aplicable, y confundirlas es uno de los errores más frecuentes en plantas con varias instalaciones de gas distintas:
Periodicidades de inspección por tipo de instalación de gas
Según el RD 919/2006 y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-ICG 02 a 07, con modificaciones del RD 984/2015 y RD 542/2020.
| ITC | Tipo de instalación | Inspección / Revisión periódica | Prueba de presión |
|---|---|---|---|
| ICG-02 | Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP | Cada 2 años | N/A |
| ICG-03 | Depósitos fijos de GLP (almacenamiento) | Inspección inicial | Cada 15 años |
| ICG-04 | Plantas satélite de GNL (gas natural licuado) | Cada 5 años | Cada 15 años |
| ICG-05 | Estaciones de servicio para vehículos a gas (GLP, GNC, H₂) | Cada 5 años | N/A |
| ICG-07 | Instalación receptora alimentada desde red de distribución (gas natural canalizado) | Cada 5 años | N/A |
| ICG-07 | Instalación receptora no alimentada desde red (GLP a granel desde depósito fijo) | Cada 5 años | N/A |
Fuente: RD 919/2006, actualizado por RD 984/2015 y RD 542/2020. Las periodicidades específicas pueden verse complementadas por normativa autonómica.
El dato clave para la mayoría de plantas industriales es el de la ITC-ICG 07: cada 5 años, contados desde la fecha de puesta en servicio o desde la última inspección periódica, dentro del año natural en que vence ese período. Es decir, si tu instalación se puso en servicio en marzo de 2020, la inspección debe realizarse en algún momento de 2025.
Si tu empresa tiene, además del gas canalizado, un depósito fijo de GLP, la prueba de presión del depósito (ITC-ICG 03) tiene un ciclo mucho más largo (15 años), pero sigue siendo obligatoria y, si no se hace, la instalación opera fuera de normativa. Este tipo de plazos largos son los que más se pierden porque nadie se acuerda de algo que toca cada década y media.
Quién puede realizar la inspección y qué papel juegan las OCA
Aquí es donde la normativa se pone precisa y conviene no confundir los roles:
- Instalaciones receptoras canalizadas (ITC-ICG 07): la inspección periódica la puede realizar una empresa instaladora de gas habilitada (con instaladores de categoría A, B o C para instalaciones individuales, y A o B para comunes) o el propio distribuidor utilizando medios propios o externos. La empresa mantenedora de gas que elijas debe estar inscrita en el registro de empresas instaladoras habilitadas de la comunidad autónoma correspondiente.
- Instalaciones no canalizadas (GLP a granel): la revisión periódica la realiza una empresa instaladora de gas habilitada, contratada directamente por el titular.
- Instalaciones que requieren proyecto (potencia > 70 kW o complejidad especial): en estos casos, además de la inspección por empresa habilitada, puede ser necesaria la intervención de un Organismo de Control Autorizado (OCA) para la inspección periódica, especialmente cuando la comunidad autónoma así lo establece. Puedes verificar qué organismos están acreditados en el directorio oficial de ENAC.
- Depósitos fijos de GLP (ITC-ICG 03), plantas satélite GNL (ITC-ICG 04) y estaciones de servicio (ITC-ICG 05): la inspección periódica y las pruebas de presión las realiza siempre un OCA.
En la práctica, lo que necesita el responsable de mantenimiento de una planta industrial es tener claro quién se encarga de cada instalación. Si la planta tiene gas natural canalizado para las calderas y un depósito de GLP para un horno, son dos agentes distintos (empresa instaladora habilitada para el primero, OCA para el depósito) con dos calendarios distintos. Coordinar ambos es parte del mantenimiento técnico legal de la planta.
Qué ocurre si se detectan anomalías: clasificación y plazos de corrección
Tras la inspección periódica, el inspector emite un certificado favorable o un informe de anomalías. Las anomalías se clasifican según las normas UNE 60670-12 y UNE 60670-13 en dos categorías con plazos de corrección muy diferentes:
| Tipo de anomalía | Plazo de corrección | Ejemplos habituales |
|---|---|---|
| Principal | Corrección inmediata. Si no es posible, se interrumpe el suministro de gas al aparato o a la instalación. | Fuga de gas principal · aparato de circuito abierto en dormitorio o baño · tubo flexible visiblemente dañado · concentración de CO superior a 50 ppm |
| Secundaria | Máximo 6 meses (general). Máximo 15 días naturales si la anomalía secundaria es por falta de estanqueidad. | Fuga de gas menor (secundaria) · materiales en mal estado · llave de corte no accesible · tubo flexible caducado · incumplimiento de ventilación |
Clasificación según normas UNE 60670-12:2005 y UNE 60670-13:2005, referenciadas en la ITC-ICG 07 del RD 919/2006.
El titular o usuario de la instalación es responsable de contratar a un instalador habilitado de gas para corregir las anomalías. El instalador entregará un justificante de corrección de anomalías que se remite al distribuidor (en instalaciones canalizadas) o se conserva en el expediente de la instalación.
Un punto que muchas plantas pasan por alto: la empresa o el instalador que detecta la anomalía no puede ser la misma persona que la repara. El inspector que hace la inspección periódica y el técnico que corrige los defectos deben ser distintos. Este requisito de independencia está recogido en la propia ITC-ICG 07 y es uno de los motivos más frecuentes de incidencia en auditorías internas.
Si la inspección detecta anomalías principales y no se corrigen, la consecuencia inmediata es la interrupción del suministro. Y si la administración detecta que la planta ha seguido operando con un informe de anomalías principales sin resolver, entramos en el terreno de las sanciones por incumplimiento de la inspección reglamentaria, que la Ley 21/1992 de Industria clasifica como infracción grave o muy grave dependiendo del riesgo para personas y medio ambiente.
Qué documentación debe conservar el titular de la instalación
La trazabilidad documental es lo que salva o hunde a una planta ante una auditoría, ante la aseguradora o ante un expediente de Industria. Para cada instalación de gas, el titular debe conservar y tener accesible la siguiente documentación:
- Certificado de instalación individual de gas (modelo IRG-3 o equivalente autonómico), emitido por la empresa instaladora habilitada en el momento de la puesta en servicio. Es el documento que acredita que la instalación existe legalmente ante el Departamento de Industria.
- Proyecto técnico visado, obligatorio para instalaciones que superan los 70 kW de potencia instalada o que, por sus características, lo exige la ITC-ICG 07.
- Certificados de inspección periódica favorable, emitidos cada 5 años. Si el resultado fue desfavorable, se conserva también el informe de anomalías y el posterior justificante de corrección.
- Justificantes de corrección de anomalías, firmados por el instalador habilitado que realizó la reparación.
- Contrato de mantenimiento con empresa habilitada, si aplica según potencia o tipo de instalación.
- Registro de la comunicación de puesta en servicio ante el Servicio Provincial de Industria correspondiente. En Aragón, este trámite se gestiona a través de la sección de combustibles gaseosos del Gobierno de Aragón.
Si tu empresa no dispone de toda esta documentación (algo más frecuente de lo que parece, sobre todo en plantas con antigüedad o que han cambiado de propietario), el primer paso es solicitarla al Departamento de Industria de la comunidad autónoma. En SZ Industrial gestionamos directamente esa solicitud como parte de la fase de unificación documental del mantenimiento técnico legal.

Cómo gestionar las inspecciones de gas sin que se te escape ningún plazo
La periodicidad de 5 años puede parecer cómoda, pero es exactamente esa falsa tranquilidad la que provoca los incumplimientos. En una planta con varias instalaciones de gas (receptora + depósito GLP, por ejemplo), cada una con su propio ciclo de inspección, los vencimientos se solapan con los de otras instalaciones reglamentarias (baja tensión, PCI, equipos a presión, RITE) y el resultado es un calendario que nadie controla realmente.
Para evitarlo, lo que hacemos en SZ Industrial con nuestros clientes es integrar todas las instalaciones de gas, junto con el resto de instalaciones reglamentarias, en un flujo de trabajo con cuatro pasos concretos:
Inventario completo de instalaciones de gas
Identificamos todas las instalaciones de gas de la planta, la ITC que les aplica, su fecha de puesta en servicio y la fecha de la última inspección. Si falta documentación, la solicitamos directamente al Departamento de Industria.
Calendario de vencimientos integrado
Cruzamos los plazos de gas con los del resto de instalaciones reglamentarias (PCI, baja tensión, equipos a presión, RITE, ascensores). Así el responsable de mantenimiento ve todas las fechas en un solo sitio, no en cinco carpetas distintas.
Coordinación con empresa instaladora habilitada y OCA
Contactamos con la empresa instaladora de gas habilitada o con la OCA correspondiente para programar la inspección con antelación suficiente. Acompañamos al cliente en la inspección para resolver incidencias en el momento.
Carga en el GMAO y aviso automático
Las inspecciones de gas se cargan como tareas programadas en el sistema GMAO del cliente, vinculadas al activo correspondiente. El sistema avisa con meses de antelación para que nadie dependa de recordar una fecha cada 5 años.
El objetivo es que la revisión periódica de gas de tu empresa deje de ser un trámite que aparece por sorpresa y pase a ser una tarea planificada, documentada y cerrada antes de que venza el plazo. Exactamente igual que el resto de instalaciones que forman parte del mantenimiento técnico legal de la planta.
Si quieres saber cómo aplicar este modelo a tu planta, con todas las instalaciones (no solo las de gas), puedes consultar nuestra guía completa sobre cómo gestionar el mantenimiento técnico legal sin perder plazos.
¿Tienes controlados los plazos de inspección de tus instalaciones de gas?
Si no tienes claro cuándo vence la próxima inspección de tu instalación de gas, o si directamente no dispones de toda la documentación, contacta con nuestro equipo técnico. Revisamos tu situación, identificamos qué instalaciones tienes y qué plazos te aplican, y te proponemos un plan para que no tengas que volver a preocuparte por una fecha vencida.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre la inspección periódica de instalaciones de gas en la industria, plazos, responsables y documentación.




