Cumplir con la normativa técnica en instalaciones industriales no es una opción, es una exigencia legal. Sin embargo, muchas empresas no lo cumplen, bien sea porque desconocen qué equipos requieren un contrato de mantenimiento obligatorio y cuáles no, y cuáles son las tareas de mantenimiento legal a realizar, o por falta de tiempo en la gestión del mantenimiento.
En SZ Industrial, ayudamos a nuestros clientes a identificar, gestionar y documentar correctamente todas sus obligaciones legales en materia de mantenimiento técnico. Te explicamos qué dice la normativa vigente, qué instalaciones están afectadas y cómo un enfoque profesional permite evitar errores que pueden salir muy caros.
Qué dice la normativa sobre el mantenimiento obligatorio
Antes de entrar en los tipos de instalaciones afectadas, es importante entender en qué consiste el mantenimiento técnico-legal y cómo se diferencia de otros tipos de mantenimiento habituales en el entorno industrial.
Diferencias entre mantenimiento preventivo y mantenimiento técnico-legal
Aunque a menudo se confunden, el mantenimiento preventivo y el técnico-legal no son lo mismo. El primero se enfoca en garantizar el buen funcionamiento de los equipos para evitar averías y mejorar la eficiencia operativa. Es una buena práctica, pero no siempre obligatoria.
El mantenimiento técnico-legal, en cambio, está regulado por normativas específicas, que pueden variar según la Comunidad Autónoma donde se encuentra la instalación. Su objetivo es asegurar que las instalaciones cumplan con los requisitos establecidos por ley, tanto a nivel estatal como autonómico. No se trata de una recomendación, sino de una obligación legal que puede conllevar sanciones si no se cumple adecuadamente. Además, el cumplimiento de estas obligaciones legales es un factor que tienen en cuenta muchas aseguradoras a la hora de cubrir incidentes.
La normativa que regula el mantenimiento obligatorio en España
Cada tipo de instalación industrial está sujeta a una normativa concreta que determina si es obligatorio disponer de un contrato de mantenimiento. Por ejemplo, el mantenimiento de sistemas contra incendios está regulado por el RD 513/2017, mientras que los ascensores se rigen por el RD 355/2024.
Además, hay normativas específicas para instalaciones térmicas (RITE), frigoríficas, de alta tensión o depósitos de GLP, entre otras. Estas regulaciones no solo establecen la necesidad del mantenimiento, sino también su periodicidad, los requisitos técnicos que deben cumplir las empresas mantenedoras y la documentación que debe conservarse. Es necesario conocerlas y aplicarlas correctamente para evitar problemas legales y operativos.

Instalaciones que requieren contrato de mantenimiento obligatorio
El marco legal vigente establece claramente qué tipos de instalaciones deben contar con un contrato de mantenimiento firmado con una empresa autorizada. Estas obligaciones no son opcionales y pueden implicar sanciones si no se cumplen, incluso aunque la instalación esté en buen estado aparente.
Protección contra incendios
Los sistemas de protección contra incendios están regulados por el RD 513/2017. Este real decreto establece que todos los equipos deben someterse a revisiones periódicas por parte de una empresa habilitada. En algunos casos, el titular puede asumir el mantenimiento si también está habilitado como mantenedor, pero esto no exime del cumplimiento de los plazos ni de la obligación de documentarlo todo correctamente.
Ascensores y equipos de elevación
Según el RD 355/2024, los ascensores y aparatos elevadores industriales deben tener siempre un contrato de mantenimiento con una empresa autorizada. No se contemplan excepciones. Además, se exige una trazabilidad clara de las intervenciones y revisiones realizadas, algo que cobra especial relevancia en entornos industriales donde el uso de estos equipos es continuo e intensivo.
Instalaciones térmicas y frigoríficas
Las instalaciones térmicas con potencia superior a 70 kW están reguladas por el RITE (RD 1027/2007), mientras que las frigoríficas de nivel 2 lo están por el RD 552/2019. En ambos casos, la normativa exige un contrato de mantenimiento, salvo que el titular de la instalación esté autorizado como auto-mantenedor, lo cual requiere cumplir ciertos requisitos técnicos y administrativos.
Alta tensión y depósitos de GLP
Las instalaciones eléctricas de alta tensión están reguladas por el RD 337/2014 y deben someterse a mantenimiento legal, especialmente si se trata de centros de transformación o líneas propias. En algunos casos muy concretos, se permite la auto-gestión si el titular asume la responsabilidad técnica.
En el caso de los depósitos fijos de gas licuado de petróleo (GLP), el RD 919/2006 establece también la obligatoriedad de mantenerlos mediante contrato, con revisiones e inspecciones periódicas debidamente documentadas.
Instalaciones que no exigen contrato, pero sí mantenimiento documentado
El hecho de que una instalación no requiera un contrato de mantenimiento firmado no significa que esté exenta de responsabilidades. Muchas instalaciones deben mantenerse conforme a normativa, con revisiones periódicas e incluso inspecciones por parte de organismos de control, aunque la ley no exija expresamente la formalización de un contrato.
Baja tensión y productos químicos
Las instalaciones eléctricas de baja tensión, reguladas por el RD 842/2002, no requieren contrato obligatorio, pero sí deben mantenerse en condiciones de seguridad. El titular está obligado a conservar la documentación de los trabajos realizados y, en ciertos casos, a pasar inspecciones periódicas dependiendo del tipo de actividad y la potencia instalada.
Por su parte, las instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ), reguladas por el RD 656/2017, deben contar con un plan de mantenimiento adaptado a sus características y riesgos. No es necesario contratarlo externamente, pero sí se exige su ejecución y registro documental, especialmente en instalaciones sujetas a control ambiental o de seguridad industrial.
Equipos a presión e instalaciones petrolíferas
Los equipos a presión están regulados por el RD 809/2021. Este tipo de instalaciones no exige contrato de mantenimiento, pero sí deben someterse a una revisión periódica anual obligatoria, que debe quedar registrada. En función del tipo de equipo, puede requerirse también inspección por OCA.
En cuanto a las instalaciones petrolíferas (RD 2085/1994), tampoco se impone el contrato, pero su mantenimiento debe ser realizado por un instalador autorizado y debe quedar debidamente documentado. Esta documentación puede ser requerida por la Administración en caso de inspección o incidente.

¿Cómo ayuda SZ Industrial a cumplir con el mantenimiento legal?
Frente a un marco normativo fragmentado y en constante cambio, muchas empresas industriales tienen dificultades para saber qué instalaciones requieren mantenimiento legal, cómo deben documentarlo y qué riesgos corren si no lo hacen correctamente. En SZ Industrial abordamos esta necesidad con un enfoque estructurado, técnico y completamente adaptado a cada cliente.
Auditoría inicial y diagnóstico normativo
Todo comienza con una auditoría técnica y documental. Recopilamos la información disponible, analizamos qué instalaciones están registradas, cuáles no, y qué normativa les aplica. Si faltan documentos, gestionamos su recuperación ante el Departamento de Industria correspondiente. Tras visitar las instalaciones, identificamos de forma precisa qué elementos requieren mantenimiento legal y qué acciones son necesarias para cumplir la ley.
Planificación, ejecución y control documental
A partir del diagnóstico, elaboramos un plan de acción a medida: desde la legalización de instalaciones no registradas hasta la incorporación ordenada de documentos al sistema GMAO del cliente. Supervisamos que las subcontratas encargadas del mantenimiento entreguen los informes exigidos por ley, y gestionamos el calendario de inspecciones con OCA, asegurando el cumplimiento de plazos y requisitos.
Integración digital y control de inspecciones con OCA
Toda la información generada se integra en el software de gestión del cliente, sea cual sea su sistema. Esto permite recibir avisos automáticos sobre revisiones, tener acceso inmediato a los informes legales y, en muchos casos, delegar toda la gestión operativa del mantenimiento técnico-legal en nuestro equipo. Así, el cliente gana seguridad, orden y control ante auditorías o ampliaciones de instalaciones.
¿Todavía no tienes en regla el mantenimiento legal de tu empresa? ¡Te ayudamos!
Seguridad, cumplimiento y control: las claves de una buena gestión legal
Contar con un plan de mantenimiento técnico-legal no solo evita sanciones. También aporta orden, trazabilidad y visión estratégica a la gestión industrial. En un entorno cada vez más regulado, no basta con mantener los equipos en funcionamiento: hay que demostrar que todo está documentado, controlado y alineado con la normativa.
Delega la complejidad normativa en un equipo especializado
En SZ Industrial nos encargamos de todo el proceso: identificamos qué instalaciones requieren mantenimiento legal, auditamos la documentación, gestionamos las inspecciones y lo integramos todo en el sistema del cliente. De esta forma, las empresas pueden centrarse en su actividad, con la tranquilidad de que el cumplimiento normativo está en manos de un equipo técnico experto.